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  • Tener 15 años o más y que se encuentren en situación de rezago educativo (Sin primaria).
  • Llenar debidamente, en línea o impreso, el formato de "Registro de inscripción de la Persona educanda".
  • Fotografía reciente.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) preferentemente.
  • Matrícula consular, Acta de Nacimiento o Pasaporte para personas educandas que serán atendidos en la Plazas Comunitarias en el Exterior, en caso de contar con ellos.
  • Las personas educandas que elijan la opción de acreditación por Reconocimiento de Saberes, podrán presentar un portafolio de evidencias (constancias de cursos de capacitación, antecedentes escolares del sistema escolarizado o del INEA) con el que demuestran que tienen conocimientos equivalentes a primaria y/o secundaria.
  • Para el reconocimiento de antecedentes educativos en el sistema escolarizado, será necesaria la presentación de boletas correspondientes expedidas por la autoridad competente.
  • El INEA, los IEEA, UO del INEA y Plazas Comunitarias en el Exterior, no podrán brindar servicios educativos a aquellas personas que estén inscritas en el sistema escolarizado competencia de otra autoridad educativa.
  • La población penitenciaria en situación de rezago educativo que requiera algún servicio educativo del INEA, podrá presentar su Ficha Signalética o un documento de identificación emitido por el Centro Penitenciario firmado por el/la Director/a del penal.

 

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